Lucas Alamán y la presidencia del ayuntamiento de la ciudad de México

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  • Arturo Soberón

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Citas

Agradezco a Bárbara Cifuentes la lectura previa que hizo del presente trabajo, así como sus oportunos señalamientos.

Véase José C. Valadéz, Alamán: estadista e historiador, México, UNAM, 1987, p. 21. Alamán nació el 18 de octubre de 1792 y murió en la ciudad de México el 2 de junio de 1853.

Diccionario Universal de Historia y de Geografía, México, Tipografía de Rafael y Librería de Andrade, 1854, t. IV, entrada "Iturbide, Agustín de", apéndice por J. J. Pesado, p.846.

Véase Jean-Baptiste Say, Cours complet d'économie politique practique, Bruselas, Société Belge de Libraire, 1840, capítulo VIL

Véase Rene Gonnard, Historia de las doctrinas económicas, trad. J. Campo Moreno, Madrid, Aguilar, 1959, p. 301.

"Lista de los libros que componen la biblioteca del finado señor D. Lucas Alamán", Benson Latín American Collection, Archivo de Lucas Alamán, núm. 359, Universidad de Tejas en Austin.

Guillermo Prieto, Memorias de mis tiempos, pról. De Horacio Labastida, México, Editorial Porrúa, 1985, p. 269.

De Jovellanos Alamán opinó: "La moderación y exactitud de sus ideas fue vista con desdén por los espíritus exaltados de las cortes, las cuales, después de muerto, lo declararon benemérito de la patria. En su larga carrera, pudo Jovellanos reconocer en tan continuas vicisitudes, que en tiempos turbados el hombre de bien no puede aspirar a otro premio que al que su propia conciencia le asegure por la rectitud de sus intenciones y la pureza de su manejo." Citado en Alfonso López Aparicio, Alamán primer economista de México, México, Editorial Campeador, 1956, p. 27.

La influencia de Burke está puesta de relieve por Jesús Reyes Heroles, El liberalismo mexicano, México, FCE, 1982, vol. 3, cap. VI. También Alfonso López Aparicio, Alamán primer economista de México, op. cit., p. 27.

Edmund Burke, "Reflexiones sobre la revolución francesa (1790)", Textos políticos, introd. de Vicente Herrero, México, FCE, 1942, p. 109.

Véase Harvey Mansfield, Jr., "Edmund Burke [1729-1797]", en Leo Strauss y Joseph Cropsey (comp.), Historia de la filosofía política, trad. Leticia García, D Luz Sánchez y Juan José Utrilla, México, FCE, 1993, pp. 649-650.

Ibid., p. 662. Las cursivas son nuestras.

Edmund Burke, "Reflexiones..., op. cit., p. 85.

Al menos ésta es la interpretación que hace de Burke C.B. Macpherson, Burke, trad. Néstor A. Míguez, Madrid, Alianza Editorial, 1984, p. 32.

Lucas Alamán, "Examen imparcial de la administración del general vicepresidente D. Anastasio Bustamante, con observaciones generales sobre el estado presente de la República y consecuencias que éste debe producir", en Documentos diversos (inéditos o muy raros), compilación de R. Aguayo Spencer, México, JUS, 1946, vol. 3, p. 243.

Por Decreto del 27 de noviembre de 1824 se declaró como únicas fiestas cívicas nacionales los días 16 de septiembre y 4 de octubre, aniversarios del "primer grito de Independencia, y de la sanción de la Constitución".

Véase Felipe Tena Ramírez, Leyes fundamentales de México, 1908-1991, 19a. edición, Porrúa, 1991, pp. 199-248.

Guillermo Prieto, Memorias..., op. cit., p. 269.

Jesús Reyes Heroles, El liberalismo..., op. cit., vol. 3, cap. VI. Este autor identifica dos etapas, que son las que seguimos aquí. También Arturo Arnáiz y Freg, "Alamán en la historia y en la política", Historia Mexicana, (IIl)4, octubre-diciembre, 1953, p. 245.

Véase Robert A. Potash, El Banco de Avío de México. El fomento de la industria 1821-1846, México, FCE, 1986, passim.

Véase Luis Chávez Orozco, "Lucas Alamán, una faceta", Cuadernos Americanos, México, (11) 10, julio-agosto, 1943.

Ibid., p. 165. Para Luis Chávez Orozco el régimen de Bustamante descalificó la presidencia de Vicente Guerrero con el argumento de la "imposibilidad moral", argumento que recuerda la influencia de Burke en Alamán en relación al concepto de legitimidad, y que sólo halló sólida respuesta en Andrés Quintana Roo. Pero además dicha idea tenía la finalidad más trascendente de minar el prestigio de la causa de la independencia defendida por las masas campesinas e indígenas. En forma paralela Alamán llevó a cabo un ataque sistemático a la causa de Guerrero a través del Registro Oficial, órgano periodístico del régimen de Bustamante.

Miguel Soto, La conspiración monárquica en Mexico, 1845-1846, México, Editorial Offset, 1988.

Cfr. Arturo Arnáiz y Freg, "Alamán en la historia..., op. cit., p. 250.

Cfr. Alexis de Tocqueville, Recuerdos de la Revolución de 1848, Madrid, Editorial Trotta, 1994, p. 89.

José C. Valadés, Alamán, estadista..., op. cit., p. 453.

El Universal, editorial del 9 de junio de 1849. A este periódico estuvo vinculado Alamán desde su fundación.

Moisés González Navarro, Anatomía del poder en México (1848-1853), México, El Colegio de México, 1977, p. 20.

Véase Silvestre Villegas Revueltas, El liberalismo moderado en México, 1852-1864, México, UNAM, 1997.

El Siglo XIX, 16 de julio de 1849.

Ibid., 17 de julio de 1849. Lucas Alamán, Antonio lcaza, Gregorio Mier y Terán, Manuel Ruiz de Tejada, Clemente Sanz, Manuel Luzurriaga, Luis Muñoz, Agustín Tagle, Juan N. Vértiz, Manuel Diez de Bonilla, Francisco Páez de Mendoza, Francisco Rodríguez Puebla, Juan Guijosa, Ignacio Erazo, Agustín Moneada, Antonio Morán y los síndicos José María Piedras y Mariano Esteva Ulíbarri.

Archivo General de Notarías de la ciudad de México (en adelante AGNCM), Acta de Cabildo del 31 de julio de 1849. También El Siglo XIX de la misma fecha.

AGNCM, Acta de Cabildo del 22 de julio de 1849.

Véase Frederick J. Shaw, "The Artisan in México City (1824-1853)", V Reunión de historiadores mexicanos y norteamericanos, Pátzcuaro, Mich., 1977, p. 2.

Manifiesto de la conducta de los capitulares que formaron el Excelentísimo Ayuntamiento de esta capital, desde 22 de julio hasta 3 de diciembre de este año, México, Tipografía de Rafael Rafael, 1849, p. 15.

Véase Esteban Sánchez de Tagle, "1847. Un protectorado americano para la ciudad de México", Relaciones, (XXI) 84, México, 2000, pp. 59-94.

Moisés González Navarro, Anatomía..., op. cit., p. 20. Una imagen desoladora del estado que guardaban los servicios públicos en Jesús Galindo y Villa, Historia Sumaria de la ciudad de México, México, Editorial Cultura, 1925, p. 188.

Véase Charles W. Macune, El Estado de México y la Federación Mexicana, México, FCE, 1978, pp. 24-39.

Manual de providencias económico-políticas para uso de los habitantes del Distrito Federal, por el Lic. Juan Rodríguez de San Miguel, México, Imprenta de Galván a cargo de Mariano Arévalo, 1834.

Juan Rodríguez de San Miguel, Curia Filípica Mexicana, ed. facsímil de la de 1850, México, UNAM, 1978, p. 2.

Cfr. Lucas Alamán, Historia de México, desde los primeros movimientos que prepararon su independencia en el año de 1808 hasta la época presente, ed. facsímil de la de 1852, México, FCE, 1985, vol. 5, p. 814.

Charles W. Macune, El Estado..., op. cit., p. 25.

Véase El Siglo XIX, 5 de marzo y 4 de junio de 1849.

Manifiesto de la conducta..., op. cit., véase apéndice núm. 1.

Charles A. Hale, El liberalismo mexicano en la época de Mora 1821-1853, 3a. ed., trad. de S. Fernández Bravo y F. González Arámburu, México, Siglo XXI, 1978, p. 32, nota 45.

Para este asunto véase Adriana López Monjardín, Hacia la ciudad del capital: México 1790-1870, México, INAH, 1985, pp. 144-148. También Andrés Lira, Comunidades indígenas frente a la ciudad de México. Tenochtitlan y Tlatelolco, sus pueblos y sus barrios, 1812-1919, México, El Colegio de México-El Colegio de Michoacán, 1983, passim.

AGNCM, Acta de Cabildo, 31 de julio de 1849.

Ibid., Actas de Cabildo, meses de septiembre-noviembre de 1849.

Ibid., Acta de Cabildo, 28 de agosto de 1849.

Ibid., Acta de Cabildo Secreta del 18 de septiembre de 1849.

Aunque en las actas de las sesiones se menciona a Vattel sin precisar la parte del texto consultado, existen pocas dudas de que se trata del Derecho de gentes o principios de la ley natural, aplicados a la conducta y negocios de las naciones y de los soberanos, por E. de Vattel, con una introducción al estudio del derecho natural y de gentes por sir James Mackintosh, París, en Casa de Lecointe, 1836, [4 vols.], vol. 1, cap. IV, pp. 92-120.

Ibid., Acta de Cabildo Secreta de agosto 17 de 1849.

Ibid., Acta de Cabildo, 27 de julio de 1849.

Ibid., Acta de Cabildo, 24 de agosto de 1849.

Ibid., Actas de Cabildo del 21 y 24 de agosto, 7, 11 y 14 de septiembre de 1849.

Ibid., Acta de Cabildo Secreta del 11 de septiembre de 1849. La Orden asistencial de las Hermanas de la Caridad se había establecido en México por decreto del 9 de octubre de 1843, para brindar auxilio en hospitales, hospicios y casas de beneficencia, así como a "pobres menesterosos en particular". Colección de los decretos y órdenes de interés común que dictó el gobierno provisional en virtud de las Bases de Tacubaya, tomo III, julio-diciembre de 1843, México, Imprenta de J. M. Lara, 1850, p. 299. Las primeras once religiosas arribaron a Veracruz en noviembre de 1844. Su traslado a México fue tramitado ante el gobierno mexicano y costeado en parte por María Ana Gómez de la Cortina (1779-1846), madre del conde la Cortina y suegra de José María Gutiérrez de Estrada. Alamán y el conde se reconocían mutuo respeto, hecho que influyó seguramente en el ánimo del primero para asumir la defensa de las Hermanas. Mariano Cuevas, Historia de la Iglesia en México, El Paso, Texas, editorial "Revista Católica", 1928, vol. 5, p. 378. También Diccionario Universal de Historia y de Geografía, vol. 2, pp. 594-598.

Ibid., Acta de Cabildo, 21 de septiembre de 1849. Esta situación la denunció el inspector de carnes.

Conde de la Cortina (José Justo Gómez de la Cortina), Poliantea, pról. y selec. de Manuel Romero de Terreros, México, UNAM, 1944, p. 72. Las cursivas son nuestras.

Ibid., p. 72.

En su gestión como ministro de Relaciones durante el gobierno de Bustamante, Alamán tuvo la oportunidad de ensayar este tipo de concursos, como el que se llevó a cabo en octubre de 1831 con el fin de "estimular la producción de lino y cáñamo y tejidos". Véase El Sol, 25 de octubre de 1831.

AGNCM, Acta de Cabildo del 16 de octubre de 1849.

Ibid., Acta de Cabildo del 20 de octubre de 1849.

El Siglo XIX, 22 de octubre de 1849.

AGNCM, Acta de Cabildo del 30 de octubre de 1849.

Ibid., Actas de Cabildo del 13 y 20 de noviembre de 1849. En su artículo 6o. la citada Ley del 19 de mayo especificaba: "El día 1o. de enero del entrante año [es decir de 1850] cesarán todos los alcaldes: los regidores se renovarán en su mitad, saliendo los más antiguos, y de los síndicos saldrá el primero y quedará el segundo." Legislación Mejicana, enero a diciembre de 1849, Méjico, Imprenta de Juan R. Navarro, 1855, p. 114.

Véase la editorial de El Universal de esa fecha.

Francisco de Paula de Arrangóiz, México desde 1808 hasta 1867, pról. de Martín Quirarte, México, Porrúa, 1974, pp. 403-405.

AGNCM, Actas de Cabildo del 1o. y 2 de diciembre de 1849.

Véase Stanley C. Green, The Mexican Republic: the First Decade, 1823-1832, University of Pittsburg Press, 1987, cap. 9 "Alamán's program for renewal, 1830-1832"' p. 210.

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Publicado

2001-12-31

Cómo citar

Soberón, A. (2001). Lucas Alamán y la presidencia del ayuntamiento de la ciudad de México. Historias, (50), 33–50. Recuperado a partir de https://revistas.inah.gob.mx/index.php/historias/article/view/13437

Número

Sección

Ensayos