El parlamentarismo y la construcción de una esfera pública posrevolucionaria

Autores/as

  • Pablo Piccato Columbia University

Resumen

Durante los años que siguieron al levantamiento de Francisco I. Madero, el régimen parlamentario en México parecía próximo a convertirse en realidad. En la prensa y en la tribuna se discutió la posibilidad de reformar la Constitución para crear un gobierno de gabinete en el que el eje de la legitimidad política se trasladara del poder ejecutivo a la voluntad colegiada del legislativo. En dos ocasiones se propusieron reformas ante la cámara de diputados y en la última de ellas, en diciembre de 1921, el intento llevó a un enfrentamiento definitivo entre el presidente Álvaro Obregón y el Partido Liberal Constitucionalista (PLC). Si bien el régimen presidencialista no estuvo ni siquiera cerca de ser eliminado, los partidarios del parlamentarismo articularon ideas y estrategias sobre la participación política que pasarían a formar parte central del discurso político del periodo posrevolucionario. La clave de esas ideas fue la construcción de una esfera pública de la que amplios grupos sociales serían excluidos. En un régimen político centrado en el congreso, se pensaba, los grupos más educados tendrían el poder político. Las clases populares movilizadas por la revolución no tendrían voz en los asuntos públicos más que a través de legisladores y ministros, cuyas facultades irían más allá de la mera representación de los intereses de sus electores.

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Citas

1 Una versión preliminar de este ensayo fue preparado para el seminario "El Poder Legislativo en las décadas revolucionarias", realizado con el apoyo del Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, y forma parte del libro resultante de dicho seminario: Pablo Piccato (ed.), El Poder Legislativo en las décadas revolucionarias, 1908-1934, México, Instituto de Investigaciones Legislativas-Cámara de Diputados, 1997. Agradezco los comentarios de Antonio Piccato y de los miembros del seminario: John Lear, Javier MacGregor, Ariel Rodríguez, María Eugenia Terrones y Jeffrey Weldon.
2 Por parlamentarismo entiendo "la forma de democracia constitucional en la cual la autoridad ejecutiva emerge de, y es responsable ante la autoridad legislativa", Leon D. Epstein, "Parliamentary Government", en International Encyclopedia of the Social Sciences, David L. Sills (ed.), Macmillan-Free Press, 1968, t.11, pp. 419-425.
3 Ésa es la opinión de Arnaldo Córdova, La ideología de la Revolución mexicana. La formación del nuevo régimen (1a. ed., 1973), México, ERA/Instituto de Investigaciones Sociales Universidad Nacional Autónoma de México, 1985; Luis Javier Garrido, El partido de la revolución institucionalizada (medio siglo de poder político en México). La formación del nuevo estado (1928-1945), México, Siglo XXI Editores, 1982, y Frank Tannenbaum, Mexico, the Struggle for Peace and Bread, Nueva York, Knopf, 1950, p. 83. Alicia Hernández Chávez define al poder legislativo emanado de la Constitución de 1857 como un obstáculo para la "gobernabilidad", Hernández Chávez, "La parábola del presidencialismo mexicano", en Presidencialismo y sistema político: México y los Estados Unidos, Alicia Hernández Chávez (coord.), México, El Colegio de México, 1994, pp. 19-21.
4 Véase Alonso Lujambio, "Régimen presidencial, democracia mayoritaria y los dilemas de la transición a la democracia en México", en Presidencialismo y sistema político, op. cit., pp. 75-111. El parlamentarismo mexicano sería una excepción a "la extendida admiración" por el sistema estadounidense citada por Juan Linz como una causa de la escasez de debates sobre el parlamentarismo en Latinoamérica, Juan J. Linz, "Presidor Parliamentary Democracy: Does it Make a Difference?", en Juan J. Linz y Arturo Valenzuela (eds.), The Failure of Presidential Democracy: Comparative Perspectives, Baltimore, John Hopkins University Press, 1994, p. 4.
5 Para una discusión en detalle sobre los grupos y sus enfrentamientos, véase Pablo Piccato, Congreso y revolución: el parlamentarismo en la XXVI Legislatura, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1992; véase también Josefina MacGregor, La XXVI Legislatura. Un episodio en la historia legislativa de México, México, Cámara de Diputados-Instituto de Investigaciones Legislativas, 1983; Félix Palavicini, Los diputados, México, Imp. Francesa, 1915-1916. Los debates se encuentran en Diego Arenas Guzmán (comp.), Historia de la Cámara de Diputados de la XXVI Legislatura Federal. La revolución tiene la palabra (t. I a IV) y La contrarrevolución en el poder, 6 vols., México, Talleres Gráficos de la Nación, 1961-1966, t. V y VI.
6 Pablo Piccato, Congreso y revolución, op. cit, pp. 124-128; Manuel González Ramírez (comp.), Fuentes para la historia de la Revolución mexicana, t. IV, Manifiestos políticos (1892-1912), México, Fondo de Cultura Económica, 1974, pp. 600 y ss.; Palavicini, Los diputados, op. cit., pp. 10-11 y 336-351; Palavicini, Mi vida revolucionaria, México, Botas, 1937, pp. 146-147.
7 Diego Arenas, Historia de la Cámara..., op. cit., t. I, p. 319.
8 Querido Moheno, ¿Hacia dónde vamos? Bosquejo de un cuadro de instituciones políticas adecuadas al pueblo mexicano, México, I. Lara, 1908.
9 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados (en adelante DDCD), XXIX Leg., 2:4, 9 de febrero de 1921, p. 17. Moheno trató de remediar el daño en sus últimos ensayos, Querido Moheno, Mi actuación política después de la decena trágica, Mexico, Botas, 1939.
10 Por ejemplo, la discusión sobre la credencial de Cabrera para la XXVII Legislatura, véase Cienfuegos y Camus, DDCD, XXVII, 1:82, 13 de julio de 1917, p. 15; Siurob, DDCD, XXVII, 1:82, 13 de julio de 1917, p. 42. Véanse los esfuerzos de rectificación histórica por algunos renovadores como Palavicini y Cabrera en defensa de su credencial, DDCD, XXVII, 1:82, 13 de julio de 1917, p. 49 y en su discurso sobre Pino Suárez, DDCD, XXVII, 1:99,6 de agosto de 1917, pp. 14-16.
11 Véase Josefina Mac Gregor, "La XXVI Legislatura frente a Victoriano Huerta. ¿Un caso de parlamentarismo?", Secuencia, núm. 4, México, Instituto Mora, enero-abril de 1986; Pablo Piccato, Congreso y revolución, op. cit., cap. 5.
12 Planes políticos y otros documentos, Manuel González R. (ed.), México, Fondo de Cultura Económica, 1974, vol. I, p. 126.
13 Antonio Martínez Adame, El régimen parlamentario o gobierno de gabinete, México, s.e., 1923, p. 37.
14 Ramírez Garrido, DDCD, XXVII, 1:22, 2 de mayo de 1917, p. 23. Véase Antonio Rivera de la Torre, Paralelismo de hombres y caracteres. Juárez=Carranza. Asuntos varios del constitucionalismo, México, Oficina Impresora de Hacienda, 1918. El diputado Pablo Aguilar frecuentemente hacía la comparación, llevado por su "exagerada simpatía" hacia Carranza, José P. Saldaña, Crónicas históricas, Monterrey, s.e., 1982, t. 3, p. 128. Para el diputado Jesús Silva, la analogía era clara: si en 1856 la reacción era dirigida por Comonfort, hoy era encabezada por los diputados del Partido Liberal Constitucionalista, DDCD, XXVII, 2:80, 10 de diciembre de 1917, p. 18.
15 Citado por José Woldenberg, "La concepción sobre la democracia en el Congreso Constituyente de 1916-1917 con relación al de 1856-1857", en J. Woldenberg y José Joaquín Blanco, México a fines de siglo, México, Fondo de Cultura Económica, 1993, pp. 100-151.
16 Rafael Martínez de Escobar, DDCD, XXIX, 2:4, 9 de febrero de 1921, p. 16.
17 Opinión de los firmantes de la propuesta presentada el 10 de noviembre de 1917, DDCD, XXVII, 2:57, p. 2. La amplia mayoría obtenida por la propuesta política de Carranza es común a otros temas sobre los que la asamblea no debatió, pero difícilmente sería expresión "del valor y arraigo histórico del presidencialismo", como afirma Alicia Hernández Chávez, "La parábola del presidencialismo mexicano", en Presidencialismo y sistema polític, op. cit., p, 24. José Woldenberg afirma que en 1917 "la imaginería mayoritaria" entre los constituyentes sostenía exclusivamente la idea de un Poder Ejecutivo fuerte, José Woldenberg, "La concepción...", op. cit., pp. 140, 144.
18 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p. 12; Manjarrez, DDCD, XXIX, 1:74, 1 de octubre de 1920, p. 20; Rafael Martínez de Escobar, DDCD, XXIX, 2:4, 9 de febrero de 1921, p. 15; Martínez de Escobar, DDCD, XXIX, 2:4, 9 de febrero de 1921, p. 16. El mismo Obregón señaló en 1920 que se debía corregir la subordinación impuesta al Poder Legislativo en la Constitución de Querétaro, y prometió a la Convención del PLC apoyar reformas en ese sentido. Obregón a la Cámara, DDCD, XXIX, 1:96, 23 de noviembre de 1920, p. 31; DDCD, XXIX, 2:4, 9 de febrero de 1921, p. 15.
19 Jorge Prieto Laurens, Cincuenta años de política mexicana: memorias políticas, Mexico, Editora Mexicana de Periódicos, Libros y Revistas, 1968, p. 56.
20 DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 21.
21 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p. 22.
22 El Universal, 1 de diciembre de 1917, p. 7; ibid., 2 de diciembre de 1917, p. 5; ibid., 2 de diciembre de 1917, p.5.
23 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p. 12. Véase también Manjarrez, DDCD, XXIX, 1:74, 1 de octubre de 1920, p. 20.
24 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p. 14.
25 Rafael Martínez de Escobar, DDCD, XXIX, 2:4,9 de febrero de 1921, p. 18.
26 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p. 15.
27 Antonio Enríquez, Dictadura presidencial o parlamentarismo democrático. Estudio crítico de nuestro sistema federal, y proposiciones de reforma a la Constitución, mediante la creación del parlamentarismo y de la república central, México, Imprenta A. Enríquez, 1913.
28 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p.15.
29 José Vasconcelos, La caída de Carranza, de la dictadura a la libertad, México, Imprenta de Murguía, 1920, p. 33, citando a Antonio I. Villarreal, "El desastre moral del carrancismo. Vindicación de los descontentos," pp. 32-36.
30 Ibid., p. 45.
31 Campaña política del C. Álvaro Obregón, candidato a la Presidencia de la República 1920-1924, 5 vols., México, 1923, vol. 2, pp. 355-367; Prieto Laurens, Cincuenta años de política mexicana, op. cit., p. 101.
32 DDCD, XXIX, op. cit., 1:74, pp. 30-31.
33 Obregón a diputados, DDCD, XXIX, 2:2, 7 de febrero de 1921, p. 3. Reforma presentada el 1920, DDCD, XXIX, 1:74, 23 de noviembre, pp. 30-31. La reforma fue publicada en el Diario Oficial el 24 de noviembre de 1923.
34 Martínez de Escobar, DDCD, XXIX, 2:4, 9 de febrero de 1921, p. 16.
35 DDCD, XXIX, t. 1:3, 24 de agosto de 1920, pp. 8-9; Soto y Gama, ibid., p. 16. Líderes congresionales como Prieto Laurens recordarían su actuación en los ayuntamientos como "un gran entrenamiento parlamentario". Prieto Laurens, Cincuenta años de política mexicana, op. cit., pp. 101,56; DDCD, XXIX, 1:90, 13 de diciembre de 1920, pp. 11-2.
36 Excélsior, 1. de enero de 1922, p. 1.
37 Excélsior, 2 de octubre de1921, p. 1; Excélsior, 30 de octubre de 1921, 3a. sec., p. 7; Excélsior, 9 de diciembre de 1921, p. 1.
38 Vicente Fuentes Díaz, Los partidos políticos en México, México, Editorial Altiplano, 3a. ed., 1972, p.187.
39 Juan de Dios Bojórquez, DDCD, XXIX, 1:43, 7 de octubre de 1921; DDCD, XXIX, 1:38, 14 de octubre de 1921, pp. 9-14; Excélsior, 1 de noviembre de 1921, p.1. Sin embargo, Manero advertía de antemano que el Ejecutivo no iba a publicar el decreto ni a utilizar el presupuesto que enviara la Cámara, Excélsior, 23 de noviembre de 1921, 2a. sec., p. 8. Véase también sesión del 22 de noviembre de 1921, DDCD, XXIX, 3:48, p. 5. Para la frecuencia con la que el Congreso hacía de lado el veto presidencial con una mayoría de dos terceras partes, véase Jeffrey Weldon, "El presidente como legislador, 1917-1934", en Pablo Piccato (ed.), El poder legislativo en las décadas revolucionarias, op. cit., pp. 117-147.
40 Israel del Castillo, DDCD, XXIX, 3:70, 23 de diciembre de 1921, p. 27. En contra León, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 21. El peleceano Avilés denunció el 22 de diciembre de 1921 que se planeaban zafarranchos y balaceras para evitar que la Cámara emitiera un presupuesto completo. DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 19.
41 DDCD, XXIX, 3:71, 24 de diciembre de 1921, p. 11. El 28 de diciembre se obtuvo la aprobación de la Ley de Egresos que se había enviado al Senado. Excélsior, 28 de diciembre de 1921, p. 4; ibid., 2 de enero de 1922, p. 1. La cláusula para usar las partidas aprobadas se encuentra en DDCD, XXIX, 3:75, 29 de diciembre de 1921, p. 10. La decisión de usar el presupuesto de 1921, por no haber expedido el Congreso una ley de ingresos, en Excélsior, 2a. sec., 11 de enero de 1922, p. 6.
42 DDCD, XXIX, 1:74, 1 de octubre de 1920, pp. 20-21.
43 DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 3.
44 Antonio Enríquez, op. cit., Dictadura presidencial o parlamentarismo democrático, p. 103. Querido Moheno, ¿Hacia dónde vamos...?, op cit., pp. 77-78.
45 DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 3. DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 6.
46 Borrego agregaba que el parlamentarismo es "el dogma de ese socialismo científico que ilumina con albas claridades el lento derrumbamiento de una civilización gastada y corrompida", DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, pp. 3-4. Para Froylán Manjarrez, el parlamentarismo era un objetivo de los socialistas en México, DDCD, XXIX, 1:74, 1 de octubre de 1920, pp. 20-21.
47 Véase Enríquez, Dictadura..., op. cit., pp. 6-7.
48 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p.14.
49 DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 8. Véase Querido Moheno, Ironías y tristezas, México, Botas, 1932, y Querido Moheno, Cartas y crónicas, México, A. Botas e hijo, s.f.
50 Manuel Calero, Cuestiones electorales. Ensayo político, México, Imprenta de I. Escalante, 1908, pp. 201, 218.
51 Querido Moheno, "Hechizos y palabras", El Universal, 10 de diciembre de 1921, p. 3; ibid., "La evolución del parlamentarismo", El Universal, 5 de diciembre de 1921, p. 3; ibid., "Sobre la llaga más rebelde", El Universal, 3 de diciembre de 1921, p. 3.
52 Excélsior, 1 de diciembre de 1921, p. 1.
53 DDCD, XXIX, 1:97,24 de diciembre de 1920, p. 8; Enríquez, Dictadura..., op. cit., p. 108.
54 "El parlamentarismo y el exceso de política", Excélsior, 3 de diciembre de 1921, p. 3.
55 Manrique, DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 29.
56 Martínez Adame, El régimen parlamentario, pp. 19-20, 36.
57 DDCD, XXIX, 2:4, 9 de febrero de 1921, p. 17. Véase también declaraciones del senador Teófilo H. Orantes, Excélsior, 1 de diciembre de 1921, p. 3. Martínez Adame, El régimen..., op. cit., p. 28.
58 DDCD, XXVII, 2:96, 29 de diciembre de 1917, p. 13.
59 DDCD, XXVII, 2:24, 3 de octubre de 1917, p. 12.
60 DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 8.
61 Portes Gil, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, pp. 2-3; León, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 21. Excélsior, 2a. sec., 23 de diciembre de 1921, p. 7.
62 DDCD, XXIX, 1:3,24 de agosto de 1920, p. 16.
63 Excélsior, 1 de diciembre de 1921, p. 1; Luis León, Crónica del poder en los recuerdos de un político en el México revolucionario, México, Fondo de Cultura Económica, 1987, pp. 334-337.
64 Zubarán, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 18; León, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 20. De acuerdo con Juan Zubarán, sin embargo, Calles habría sido el artífice de todo el asunto, al enviar un falso representante a ofrecerle una elevada suma por gestiones ante su hermano. Véase sesión del 22 de diciembre de 1917, DDCD, XXIX, 3:69, p.18.
65 Alfonso Taracena, La verdadera Revolución mexicana. Octava etapa (1921 a 1923), México, Jus, 1962.
66 Prieto Laurens, Cincuenta años de politica mexicana, op. cit., pp. 102-103.
67 Juan Zubarán, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 4.
68 "Intenso y agitado fue el año de 1921 en la Camara Baja", Excélsior, 2 de enero de 1922, p. 1.
69 DDCD, XXIX, 3:75, 29 de diciembre de 1921, p. 18. Sobre el poder que su puesto otorgaba a Morones, véase Prieto Laurens, Cincuenta años de politica mexicana, op. cit, p. 99. Sobre la asistencia de empleados del ayuntamiento a las peleas, véase Excélsior, 31 de diciembre de 1921, p. 1.
70 Véase sesión del 29 de diciembre de 1921, DDCD, XXIX, 3:75, pp. 18 y ss.; Excélsior, 30 de diciembre de 1921, p. 3.
71 Excélsior, 30 de diciembre de 1921, p. 8.
72 DDCD, XXIX, 3:76, 30 de diciembre de 1921, p. 3.
73 Maqueo Castellanos, DDCD, XXIX, 3:76, 31 de diciembre de 1921, p. 7. Declaraciones del diputado Erasmo Trejo, Excélsior, 4 de enero de 1922, pp. 1, 5.
74 Excélsior, 1 de enero de 1922, p. 1.
75 La XXX Legislatura tendría una mayoría controlada por el Partido Cooperatista, en la que la aprobación de credenciales "en bloque" fue denunciada como un procedimiento ilegítimo para obtener una mayoría leal. Prieto Laurens, Cincuenta años de política mexicana, op. cit., p. 103.
76 Alonso Capetillo, La rebelión sin cabeza. Génesis y desarrollo del movimiento de la huertista, México, Botas, 1925, pp. 78-80. Véase también Prieto Laurens, ibid., pp. 109-110.
77 Véase Hans Werner Tobler, La Revolución mexicana. Transformación social y cambio político, 1876-1940, México, Alianza, 1994, pp. 425-426.
78 Sobre la dispersión y debilidad de la opinión pública en México, véase Raúl Trejo Delarbre, "La expresión pública", en J. Woldenberg y José Joaquín Blanco, México a fines de siglo, op. cit., pp. 189-224. Para una discusión sobre la relación entre ideologías estatales y acción política popular, véase una síntesis reciente en los ensayos de Gilbert Joseph y Daniel Nugent (eds.), Everyday Forms of State Fonnation: Revolution and the Negotiation of Rule in Modern Mexico, Durham, Duke University Press, 1994. Sobre el sentido antintelectual y antiurbano de la Revolución y la "penosamente limitada" aportación del intelectual a la ideología de la misma, véase Daniel Cosío Villegas, "El intelectual mexicano y la política" en Cosío Villegas, Ensayos y notas, México, Hermes, 1966, t. 2, p. 151; véase también Alan Knight, "Intellectuals in the Mexican Revolution", en Los intelectuales y el poder en México. Intellectuals and Power in Mexico, Roderi A. Campetal. (eds.), México, El Colegio de México/University of California, 1991, p.145.
79 Sigo el esquema planteado por Habermas, The Structural Transformation. El razonamiento también es aplicado a otros países de América Latina. Sin embargo, como muestra Hilda Sábato, otras formas de acción política tuvieron importancia en la construcción de una esfera pública moderna en Buenos Aires, Sábato, "Citizenship, Political Participation and the Formation of the Public Sphere in Buenos Aires 1850s-1880s", Past and Present, núm. 136, agosto de 1992, pp. 139-163. Para una discusión de las respuestas a las restricciones a la esfera pública en México, véase Claudio Lomnitz, "Ritual, Rumor and Corruption in the Constitution of Polity in Modern Mexico", Journal of Latin American Anthropology, vol. 1, núm. 1, 1995, pp. 20-47.
80 Sobre los límites y tendencias de la prensa como expresión de la opinión, véase Trejo Delarbre, "La expresión", op. cit., pp. 206-207. Sobre la debilidad de la prensa periódica, véase Daniel Cosío Villegas, "La prensa y la libertad responsable en México", en Ensayos y notas, op. cit., p. 316.
81 Para una crítica a la periodización y explicaciones causales que ligan a las instituciones liberales con el desarrollo de la burguesía, véase Geoff Eley, "The British Model and the German Road: Rethinking the Course of German History before 1914", en David Blackbourn y Geoff Eley, The Peculiarities of German History: Bourgeois Society and Politics in Nineteenth-Century Germany, Oxford, Oxford University Press, 1984, pp. 79-80; para una crítica contra una aplicación demasiado estricta de modelos de Habermas, véase Geoff Eley, "Nations, Publics, and Political Cultures: Placing Habermas in the Nineteenth Century", en Nicholas B. Dirks, Geoff Eleyy Sherry B. Ortner (eds.), Culture /Power/History: A Reader in Contemporary Social Theory, Princeton, Princeton University Press, 1994.
82 Véase por ejemplo, Antonio Manero, Por el honor y por la gloria: cincuenta editoriales escritos durante la lucha revolucionaria constitucionalista en Veracruz, Imp. T. Escalante, 1916, p. 5.
83 Habermas, The Structural, op. cit., p. 238.
84 Martínez de Escobar, DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 20; Manjarrez, 1 de octubre de 1920, DDCD, XXIX, 1:74, pp. 20-21.
85 DDCD, XXVII, 1:82, 13 de julio de 1917, p. 48; Enríquez, Dictadura, op. cit., p. 103. La práctica era dominante durante el porfiriato, François-Xavier Guerra, México: del Antiguo Régimen a la Revolución, Sergio Fernández Bravo (trad.), México, Fondo de Cultura Económica, 1988, t. I, p. 112.
86 DDCD, XXVII, 2:57, 10 de noviembre de 1917, p.29.
87 Excélsior, 24 de diciembre de 1921, 2a. sec., p. 5.
88 DDCD, XXVII, 2:80, 10 de diciembre de 1917, p. 27. Un caso semejante en DDCD, XXVII, 2:82,12 de diciembre de 1917, p. 17.
89 DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 18.
90 DDCD, XXVII, 2:57, 10 de noviembre de 1917, p. 31.
91 El Universal, 15 de agosto de 1917, p. 3.
92 Excélsior, 23 de diciembre de 1921, 2a. sec., p. 7.
93 Por ejemplo, Excélsior, 23 de diciembre de 1921, 2a. sec., p. 7.
94 Margarita Robles de Mendoza, La evolución de la mujer en México, México, Galas, 1931, p. 26. Sobre los argumentos contra el voto femenino véase Esperanza Tuñón Pablos, Mujeres que se organizan. El Frente Único Pro Derechos de la Mujer, 1935-1938, México, UNAM, 1992, pp. 21-22, 39. La idea formulada por Portes Gil mantiene una curiosa vigencia entre los historiadores recientes de la revolución: véase Guerra, México, del Antiguo Régimen..., op. cit., t. I, pp. 339, 342; Alan Knight, The Mexican Revolution, Lincoln, University of Nebraska Press, 1990, t. 2, pp. 2:207, t. 1, p. 19. El voto femenino no se logró hasta 1953 y la incorporación de mujeres en la vida parlamentaria y en la administración pública ha sido relativamente lenta. Dentro de la creciente bibliografía sobre el tema, véase Luz de Lourdes Silva, "Las mujeres en la élite política de México: 1954-1984", en Orlandina de Oliveira (ed.), Trabajo, poder y sexualidad, México, El Colegio de México, 1989, pp. 269-308; y Mercedes Pedrero Nieto, Cinco dimensiones sobre la situación de la mujer mexicana: legal, política, bienestar, trabajo y fecundidad, México, UNAM, 1992.
95 La idea era combatida por algunos diputados, como Sánchez Pontón, que en 1917 afirmaba que ser revolucionario no era solamente vestir uniforme, sino también actuar en la Cámara, DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 23.
96 DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 31.
97 DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 16; también Martínez de Escobar, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 26. Discuto más a fondo el uso de la violencia entre las élites políticas en Pablo Piccato, "El duelo y la política en el México revolucionario", ponencia presentada en el Seminario Internacional "Discurso, hegemonía y sociedad civil en el siglo XIX", Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa, México, D.F., agosto de 1997.
98 Excélsior, 17 de diciembre de 1921, p. 4. El mismo Espinosa moriría en 1926 a causa de un enfrentamiento con otro senador, José P. Saldaña, Crónicas históricas, op. cit., t. 3, p. 125; Excélsior, 10 de noviembre de 1926, p. 5. El enfrentamiento entre delahuertistas y callistas en la XXX Legislatura llegó varias veces a los disparos y "abrieron una serie de lamentables violencias", El Universal, 3 de octubre de 1923, p. 1.
99 Ángel Escudero, El duelo en México: recopilación de los desafíos habidos en nuestra República, precedidos de la historia de la esgrima en México y de los duelos mas famosos verificados en el mundo desde los juicios de Dios hasta nuestros días, por el maestro de armas..., México, Mundial, 1936. Sobre el creciente uso de armas de fuego durante los años revolucionarios véase Pablo Piccato, "Criminals in Mexico City,' 1900-1931: A Cultural History", tesis de doctorado, Universidad de Texas en Austin, 1997, cap. 3.
100 El Universal, 13 de agosto de 1917, p. 3. Galindo fue secretaria de Carranza, Carmen Ramos y Ana Lau, "Estudio preliminar", en Ramos y Lau (comps.), Mujeres y revolución 1900-1917, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1993, p.49.
101 DDCD, XXVII, 1:99, 6 de agosto de 1917, p. 9. Ramos y Lau ven la pensión como un ejemplo de que "Carranza reconoció la importancia de las mujeres", "Estudio preliminar", op. cit., p. 48.
102 Excélsior, 2a sec., 24 de diciembre de 1921, p.5.
103 Martínez de Escobar, DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 33. Martínez de Escobar, DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 22.
104 DDCD, XXIX, 3:69, 22 de diciembre de 1921, p. 3.
105 Moheno, ¿Hacia dónde vamos?, op. cit., p. 93.
106 Calero, Cuestiones, op. cit., pp. 216-17; varios autores, Essay on the Reconstruction of Mexico, Nueva York, De Laisne and Carranza, 1920, p. 19.
107 Enríquez, Dictadura, op. cit., pp. 69-70, 31.
108 Luis Cabrera, Veinte años después, México, Ediciones Botas, 3a. ed., 1938, p. 95.
109 DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 8.
110 Martínez Adame, El régimen parlamentario, op. cit., p. 15.
111 Excélsior 18 de diciembre de 1926, citado en Embajada a Secretaría de Estado, 18 de diciembre de 1926, State Department, Internal Affairs of Mexico, 101,812.03/1. Véase también comentarios periodísticos al último informe de gobierno de Calles en 1928, en Froylán C. Manjarrez, La jornada institucional. Parte primera. La crisis de la política, México, Talleres Gráficos Editorial y Diario Oficial, 1930, p. vii.
112 Sheffield al Departamento de Estado, 23 de diciembre de 1926, State department. Records Relating to Internal Affairs of Mexico, 1910-1929, film 101, 812.03/2.
113 Manjarrez, La jornada institucional, op. cit., p. vii.
114 DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 8. El parlamentarismo es, según Borrego, "el gobierno del saber", DDCD, XXIX, 3:55, 1 de diciembre de 1921, p. 8. La misma opinión expresada por Obregón en septiembre de 1920 en Discursos del General Álvaro Obregón, México, Biblioteca de la Dirección General de Educación Militar, 1932, pp. 1-261.
115 DDCD, XXVII, 2:78, 7 de diciembre de 1917, p. 27.

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Publicado

1998-03-31

Cómo citar

Piccato, P. (1998). El parlamentarismo y la construcción de una esfera pública posrevolucionaria. Historias, (39), 65–86. Recuperado a partir de https://revistas.inah.gob.mx/index.php/historias/article/view/13870

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Sección

Ensayos