Publicado 1990-09-30
Palabras clave
- Consulado,
- Instituciones,
- Nueva España,
- Siglo XVIII,
- Veracruz
Cómo citar
Resumen
Los consulados o universidades de mercaderes como corporaciones gremiales y tribunales para dirimir pleitos en materia de comercio, se originaron en la España mediterránea hacia el siglo XIII. A finales del siglo XV, con la unificación de los reinos de Castilla y Aragón bajo la corona de los Reyes Católicos, la institución consular pasó a los territorios castellanos y de allí, un siglo más tarde, a las Indias. Desde entonces y hasta 1793, en América sólo existieron dos consulados: el de México y el de Lima. En contraste, en el lapso de los tres años que van de 1793 a 1795, se fundaron ocho nuevos consulados indianos. Sin duda el establecimiento de estas corporaciones señaló un profundo cambio en el panorama del sistema español de comercio colonial. Sencillamente a partir de la década de los años noventa el intercambio transatlántico dominado hasta entonces por los tres núcleos mercantiles representados en los consulados de Cádiz, México y Lima, tuvo que ser compartido con las nuevas universidades. Al menos en lo tocante a la administración de justicia en materia comercial, la aparición de estos nuevos tribunales implicó efectivamente que se redujeran las jurisdicciones de las antiguas cortes consulares. Pero hasta qué punto ello entrañó la consolidación de nuevos y distintos grupos de mercaderes con intereses propios y autónomos respecto de los antiguos núcleos, es un asunto que reclama mayor estudio.
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Referencias
2 Matilde Souto Mantecón, "Los consulados de comercio en Castilla e Indias: su establecimiento y renovación (1491-1795)", Anuario mexicano de Historia del Derecho, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, núm. 2, en prensa.
3 La representación y el oficio nombrando representantes, ambos fechados el 16 de marzo de 1781, se encuentran en el vol. 222 del ramo Consulado del Archivo General de la Nación de México (en adelante citado como AGN) y en el leg. 2506 del ramo México del Archivo General de Indias (en adelante citado como AGI); José Gil de la Torre a Valdés, 3 de enero de 1787, AGI, México, leg. 2506.
4 Andrés Gil de la Torre y Miguel l. de Miranda a Pedro Corbalán, septiembre de 1789, AGI, México, leg. 2506.
5 José Gil de la Torre a Valdés, 3 de enero de 1787, AGI, México, leg. 2506.
6 Andrés Gil de la Torre y Miguel l. de Miranda a Pedro Corbalán, septiembre de 1789, AGI, México, leg. 2506.
7 Pablo Emilio Pérez-Mallaina Bueno, Comercio y autonomía en la Intendencia de Yucatán (1797-1814), Sevilla, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1978, pp. 38-39; Brian Hamnett, La política española en una época revolucionaria, 1790-1820, México, Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 31.
8 Pérez-Mallaina, op. cit., pp. 150-151.
9 Pedro Corbalán, 25 de septiembre de 1789, AGI, México, leg. 2506; Pedro Corbalán al conde de Revillagigedo, 27 de septiembre de 1789, AGN, Consulado, vol. 222.
10 En su escrito el virrey objetó algunas de las propuestas de los veracruzanos, como por ejemplo, no admitir a los originarios del país o a los hijos de extranjeros establecidos en él, mezclar en el título del consulado símbolos religiosos, otorgar el nombramiento de juez de alzadas al alcalde ordinario, sujetarse a formalidades jurídicas y de trato hacia los jueces consulares, etcétera, cfr.: el conde de Revillagigedo a Antonio Valdés, 11 de noviembre de 1789, AGI, México, leg. 2506.
11 Informe del Consejo de Indias, 30 de octubre de 1790, AGI, México, leg. 2506.
12 Acta del Consejo, 1 de febrero de 1793, AGI, México, leg. 2506.
13 Revillagigedo a Valdés, 11 de noviembre de 1789, AGI, México, leg. 2506.
14 Oficio del Consejo, 2 de enero de 1794, AGI, México, leg. 2506.
16 Todos los documentos que produjo este proceso se encuentran en AGI, México, leg. 2506.
16 Real orden dirigida a Mangino, 8 de enero de 1794; Mangino a Gardoqui, 27 de enero de 1794; real orden dirigida a Mangino, 16 de febrero de 1794. Los tres documentos en AGI, México, leg. 2506.
17 Los nombres propuestos en las diferentes consultas se encuentran en los informes del Consejo de Indias del 13 de febrero y 31 de marzo de 1794, localizados en el AGI, México, leg. 2506.
18 Oficio del 13 de diciembre de 1794 y real cédula de erección del Consulado de Guatemala impresa con correcciones manuscritas para adecuarla al puerto de Veracruz, AGI, México, leg. 2506.
19 Gardoqui a Ponce, 21 de enero de 1795, AGI, México, leg. 2512; el Ayuntamiento de Veracruz a Gardoqui, 2 de mayo de 1795, y el Consulado de Veracruz a Gardoqui, 2 de mayo de 1795; ambos documentos en AGI, México, leg. 2995.
20 Eduardo Arcila Farías, Reformas económicas del siglo XVIII en la Nueva España, México, 1974, SepSetentas, 117, t. 1, pp. 132-153, 137.
21 "Informe del Consulado de comerciantes de México al rey, sobre la situación del comercio y la economía de la Nueva España, 31 de mayo de 1788", en Enrique Florescano y Fernando Castillo, Controversia sobre la libertad de comercio en Nueva España, 1776-1818, México, Instituto Mexicano de Comercio Exterior, 1976, t. I, pp. 69-137.
22 Debe tenerse en cuenta que la campaña de oposición incluyó al consulado de Guadalajara, fundado también en 1795.
23 El resumen de esta representación se encuentra en el informe elaborado por el Consejo de Indias el 10 de febrero de 1794, en AGI, México, leg. 2506.
24 "El tribunal del Consulado de México representa a V.M. los inconvenientes que pueden resultar de las erecciones de los dos consulados de Veracruz y Guadalajara", dirigido a Diego de Gardoqui, 28 de abril de 1794, AGI, México, leg. 2506.
25 Informe del Consejo de Indias, 10 de febrero de 1794, AGI, México, leg. 2506.
26 Ibidem.
27 "El virrey de la Nueva España, conde de Revillagigedo, informa en el expediente sobre averiguar si hay decadencia en el comercio de aquellos reinos, y en caso de haberla hallar las causas de ella y sus remedios y proporcionar los auxilios más a propósito para dar mayor extensión al tráfico mercantil", en Florescano y Castillo, op. cit., t. II, pp. 11-58.
28 Souto, op. cit.
29 Clara García Ayluardo, "El comerciante y el crédito durante la época borbónica en la Nueva España", en Leonor Ludlow y Carlos Marichal, coord., Banca y poder en México (1800-1925), México, Enlace/Historia Grijalbo, 1986, pp. 40-46.
30 El tribunal del Consulado de Veracruz a Diego Gardoqui, 2 de junio de 1795, AGI, México, leg. 2995.
31 El marqués de Branciforte a Pedro Varela, 3 de julio de 1797, AGI, México, leg. 2515; la junta de gobierno del Consulado de Veracruz a Branciforte, 20 de mayo de 1795 y 23 de junio de 1795, AGN, Consulado, c. 254, e. 1.
32 Branciforte al Príncipe de la Paz, 3 de julio de 1797,AGN, Correspondencia de Virreyes, 1a serie, vol. 186, núm. 1031; Branciforte a Varela, 3 de julio de 1797, ambas en AGI, México, leg. 2515.
33 Informe del Consejo sobre la representación hecha por el marqués de Branciforte del 26 de septiembre de 1796, AGI, México, leg. 2515.
34 lbidem.
35 lbidem.
36 Peter Rees, Transportes y comercio entre México y Veracruz, 1519-1910, México, SepSetentas, 1976, p. 72.
37 Exposición de Andrés Fernández de Ontañez, administrador de las alcabalas de Veracruz, al conde de Revillagigedo, 17 de agosto de 1755, AGN, General
de Parte, vol. 40, exp. 93, f. 81; Hamnett, Política y comercio en el Sur de México, 1750-1821, México, Instituto Mexicano de Comercio Exterior, 1976, pp. 154-155 y 247-252.
38 "Extracto del informe hecho al rey por el Consulado de Cádiz sobre la situación del comercio entre España y las Indias, con notas y observaciones firmadas por Antonio Flores", 5 de mayo de 1788, en Florescano y Castillo, op. cit.
39 El Consulado de Veracruz a Maniau, 19 de octubre de 1796, y Maniau al Consulado de Veracruz, 26 de octubre de 1796; ambos documentos en AGN, Consulado, c. 250, e. 3.
40 Informe del Consejo (s.f.), AGI, México, leg. 2515.
41 Reflexiones de la Secretaría sobre la representación hecha por el marqués de Branciforte (s.f.), AGI, México, leg. 2515.
42 Nos referimos a los sucesos ocurridos en España: la caída de la monarquía, la invasión francesa y la organización de las Juntas Central y Provinciales que encabezaron un gobierno liberal, y la influencia que esto pudo tener en las decisiones del Consejo de Indias, en esas fechas controlado por los liberales.
43 Como para Veracruz, y en la misma fecha, para Guadalajara también se confirmó la subsistencia del Consulado; dictamen del Consejo de Indias, 4 de noviembre de 1808, AGI, México, leg. 2515.
44 Matilde Souto Mantecón, El Consulado de comerciantes de Veracruz, tesis de maestría, División de Estudios Superiores, Facultad de Filosofía y Letras, UNAM, 1989.