Minería y poder político en México 1770-1856
Resumen
El factor político jugó un papel sustancial para fincar la racionalidad económica de las empresas mineras y por lo tanto en el establecimiento de la dinámica general de la actividad. Los obstáculos resultantes del hecho de ser un sector semindustrial ligado al comercio exterior y dependiente de los recursos naturales, requirieron para su superación, del apoyo y control de los organismos estatales y fuentes de poder en todos sus niveles. Por ello interesa indagar acerca de los mecanismos y espacios políticos que ocuparon los representantes de los intereses de los explotadores y propietarios de yacimientos minerales. Se ha escrito bastante sobre la actitud de la Corona española, durante la segunda mitad del siglo XVIII, cuando se decidió fomentar la actividad minera obteniendo resultados fabulosos. Sin embargo, sigue siendo poco lo que se ha dicho sobre el tema una vez consumada la Independencia. Dentro del debate para la construcción del nuevo proyecto de nación posterior a 1821, uno de los pocos puntos en los que coincidieron las fuerzas en pugna fue, justamente, en la necesidad de impulsar la actividad minera. Sin embargo, estuvieron a discusión los fines de la rehabilitación del ramo y, de esta manera, también los mecanismos concretos para el fomento. Aquí interesa hacer una comparación del papel que jugaron las instancias políticas en el fomento minero, entre los llamados períodos de las “reformas borbónicas (1767-1810) y de la “anarquía” (1821-1853).
Descargas
Citas
Francisco Javier de Gamboa, Comentarios a las Ordenanzas de Minas dedicadas al catófico Rey nuestro señor. Don Carlos III (que Dios guarde), México , obra reimpresa por Díaz de León y White, 1974, pp. 30-41.
David A. Brading, Mineros y comerciantes en el México borbónico (1763-1810), México, Fondo de Cultura Económica, 1975, p. 195; Cuauhtémoc Velasco, La minería novohispana: transición al capitalismo y relaciones de producción, México, Escuela Nacional de Antropología e Historia (tésis inédita), 1982, pp. 9798.
Walter Howe, The Minig Guild of New Spain and its Tribunal General 1770-1821, Cambridge, Harvard University Press, 1949, pp. 18-20.
Gamboa, op. cit, pp. 92-116.
Brading, op, cit., p. 223.
Howe, op. cit., pp. 9-10.
Howe, op. cit., p. 10.
Brading, op. cit., pp. 64-125.
Representación que a nombre de la minería de la Nueva España hacen al rey nuestro señor los apoderados de ella, D. Juan Lucas de Lassaga, regidor de esta Nobilísima Ciudad y juez contador de menores y Albaceazgos, y D. Joaquín Velázquez de León, abogado de esta Real Audiencia y cadrático que ha sido de matemáticas en esta Real Universidad, México, Archivo General de la Nación, ramo minería, Vol. 11, Exp. 2.
Real de Señorage o de Monedage. Este impuesto lo cobraba el rey por el derecho que tenia de ser él único que podía labrar moneda. Por lo tanto como el minero estaba obligado a labrar sus minerales, se veía en la necesidad de pagar dicho servicio. El derecho se pagaba en los reales de minas y en la casa de moneda de México, por lo que era cubierto dos veces.
Roberto Moreno de los Arcos, "Las instituciones de la industria minera novohispana", La minería en México, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1978, pp. 110-116.
Brading, op, cit., p. 226.
Eduardo Martínez Baca, "La legislación en México, reseña histórica", El Minero Mexicano. Periódico semanario dedicado al adelanto de la minería, metalurgia, industria y comercio de la República Mexicana, México, tomo XL, 1902, núms. 1 al 5.
José Joaquín Izquierdo, La primera casa de las ciencias en México; el real seminario de minería. 1792-1811. México, Ediciones Ciencia, 1958, passim.
Brading, op. cit., pp. 435-448.
Henry Georges Ward, México en 1827, México, Fondo de Cultura Económica, 1981, pp. 339-348.
Fausto de Elhuyar; Memoria sobre el influjo de la minería en la agricultura, industria, población y civilización de la Nueva España, en sus diferentes épocas, con varias disertaciones relativas a puntos de economia pública conexos con el propio ramo, México, Consejo de Recursos No Renovables, 1964, pp. 89-93.
Elhuyar, op. cit., pp. 218 y 55.
Elhuyar, op. cit., p. 102.
Dictamen de la Comisión especial de Minería relativo al fomento da este ramo y alivio de los mineros, México, Imprenta Imperial, (Firmado por José María Fagoaga, Juan de Hobergozo y José María de Bustamante), 1821, passim.
Memoria acerca de los medios que se estiman justos para el fomento y pronto restablecimiento de la minería, presentada por el Tribunal del mismo cuerpo al Supremo poder ejecutivo, México, Imprenta a cargo de Martín Rivera, (Firmando por: José Miguel Septién y Tomás Alamán), 1824, passim.
Fausto de Elhuyar, Indagaciones sobre la amonedación en Nueva España sistema observado desde su establecimiento, su actual establecimiento, su actual estado y productos, y auxilio que por este ramo puede prometerse a la minería para su restauración, presentada el 10 de agosto de 1814 al Tribunal General de Minería de Méjico, México, Calle de Greda, 1818, passim.
José Olmedo y Lama, Ordenanzas de Minería y colección de las leyes y órdenes que con fecha posterior se han expedido sobre la materia, México, Imprenta Vicente G. Torres a cargo de Mariano García, 1873, pp. 68-69.
Olmedo y Lama, op. cit., pp. 68-69.
Olmedo y Lama, op. cit., pp. 67-68.
Robert W. Randall, Real del Monte, una empresa minera británica en México, México, Fondo de Cultura Económica, 1977, passim; Harry Edward Cross, The Mining Economy of Zacatecas, México in the Nineteenth Century, Berkeley, University of California (tesis doctoral), 1976, passim.
Olmedo y Lama, op. cit, pp. 70-73.
Olmedo y Lama, op. cit., PP. 88-92.
Olmedo y Lama. op. cit. pp. 97-99.
Representación que la Junta de Fomento y Administrativa de Minería dirige a la augusta Cámara de Diputados; sobre el ramo que está a su cargo con motivo de lo que acerca de él contiene la exposición del Sr. Ministro de Hacienda del 25 de julio del presente año, sobre el estado actual de la Hacienda Pública a iniciativas correspondientes, para el establecimiento de impuestos y arreglo de la administración y distribución de las rentas públicas, México, Imprenta de Ignacio Cumplido. (Firmado por: Claudio Ochoa), 1850, passim.
Informe del apoderado de los acreedores a los fondos del Establecimiento de Minería, en un recurso dirigido al supremo gobierno por los responsables a las cuentas de aquel ramo, y algunos otros sobre el nombramiento de una comisión interventora, México, Imprenta a cargo de M. Arévalo. (Firmado por Andrés Quintana Roo), 1834, passim; Observación sobre un informe que dio al supremo gobierno el Sr. Andrés Quintana Roo, en 30 de noviembre de 1834, México, Imprenta Galván, 1835, passim.
Exposición que dirige al ministro de relaclones interiores y de gobernación la junta de Fomento y Administrativa de Minería, con motivo de algunas noticias perdidas por la Comisión de Crédito Público de la Cámara de Diputados, sobre el estado de la deuda que reporta el fondo dotal de la misma minería, México, Imprenta de M. Murgía. (Firmado por Vicente Segura y José Ma. Castera), 1849, passim.
Olmedo y Lama, op. cit., pp. 83-84 y 105.
Inés Herrera Canales, El comercio exterior de México 1821-1875, México, El Colegio de México, 1977, pp, 45-48.
Informe dado por el Establecimiento de Minería a la Comisión de Industria del Congreso General o sea Historia de las contribuciones impuestas y franquicias concedidas al cuerpo de mineros desde 1521 hasta el de 1836, para deducir lo que más pueda fomentar los adelantos de tan importante ramo, México, Imprenta de Ignacio Cumplido, (Firmado por: José Francisco Robles, Andrés Quintana Roo y Vicente Segura), 1836, passim.
Esposición de la Junta de Fomento y Administrativa de Minería y resoluciones que en favor del importante cuerpo de mineros, ha tenido a bien decretar el Supremo Gobierno de la República, con fecha 17 de febrero de 1843, México, Impreso por Ignacio Cumplido, 1844, passim.
Cross, op. cit, pp. 185-194.
Memoria presentada a la Cámara de Diputados en 20 de octubre del presente año, por el secretario del estado y del despacho de Hacienda sobre la creación y estado actual de las casas de moneda de la República, México, Tipografía de M. Murgía, (Firmado por: Bonifacio Gutiérrez), 1849, passim.