Pintores indígenas en la ciudad de México
Abstract
Tanto la monarquía española como la Iglesia, tuvieron que enfrentar una situación nueva con la incorporación de los territorios americanos y sus pobladores autóctonos. El problema del indio y la discusión sobre su evangelización fueron ingredientes que dieron un perfil particular a la Iglesia americana. De algún modo, el cuidado por la ortodoxia que impregnaba el ambiente católico de la monarquía de los Habsburgo adquirió en América características peculiares. El progresivo dogmatismo religioso triunfante en los reinos españoles se expresó en los reinos americanos en la preocupación por la participación de la mano de obra indígena en la producción de imágenes, y preparó un ambiente de control y dirigismo que se evidencia en los primeros concilios provinciales.
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References
2 Concilios Provinciales Primero y Segundo celebrados en la muy noble y muy leal ciudad de México, presidiendo el Illmo. y Rmo. Señor D. Fa. Alonso de Montúfar, en los años de 1555 y 1565. Dalos a la luz el Illmo. Sr. D. Francisco Antonio Lorenzana, Arzobispo de esta Santa Metropolitana Iglesia. Con las licencias necesarias. En México, en la Imprenta de El Superior Gobierno, de el Br. D. Joseph Antonio de Hogal, en la Calle de Tibuercio, Año de 1769. Véase Introducción.
3 III Concilio Provincial Mexicano celebrado en México el año 1585, confirmado en Roma por el Papa Sixto V, y mandado observar por el gobierno español en diversas reales órdenes. Ilustrado con muchas notas del R. P. Basilio Arrillaga de la Compañía de Jesús y un Apéndice de los decretos de la Silla Apostólica relativos a la Santa Iglesia, que constan en el Fasti Novi Orbis y otros posteriores y algunos más documentos interesantes, con cuyas adiciones formará un código de Derecho Canónico de la Iglesia Mexicana. Publicado con las licencias necesarias por Mariano Galván Rivera. Segunda edición en latín y castellano, Barcelona, Imprenta de Manuel Miró y D. Marsá, calle Condesa de Sobradiel 10, 1870, pp. 45-46.
4 "Documentos relativos al tumulto de 1624, colectados por don Mariano Fernández de Echeverría y Veytia", en Documentos para la historia de México, II, p. 12, apud Xavier Moyssén, "El pintor Basilio de Salazar", p. 53; y Guillermo Tovar de Teresa, Pintura y escultura en Nueva España, p. 107.
5 Ibid., nota 30.
6 AGN, Bienes Nacionales, 606, f. 2, citado por Guillermo Tovar de Teresa, Pintura y escultura en Nueva España, p. 108. Como Guillermo Tovar de Teresa lo dio a conocer parcialmente, traté de localizarlo en ese acervo, porque me parece un documento de importancia fundamental. Sin embargo, el expediente 606 del ramo Bienes Nacionales del Archivo General de la Nación ha desaparecido.
7 Manuel Toussaint, op. cit., p. 37.
8 Ibidem, pp. 38-39.
9 Concilio de Trento. Decreto sobre la invocación, la veneración y las reliquias de los santos; y sobre las santas imágenes; 25a. sesión, 3 y 4 de diciembre de 1563.
10 Manuel Toussaint, op. cit., p. 136.
11 Idem.
12 Nelly Sigaut, "Capilla de la Purísima Concepción", en Catedral de México. Patrimonio artístico y cultural, México, SEDUE/Banamex, 1986, p. 259.
13 Es por esto que el maestro de color pardo, Juan Correa, resulta una figura de enorme atractivo a finales del siglo XVII. Sin embargo, su plástica sigue los lineamientos impuestos por la escuela local y no hay rasgos que puedan asimilarse con una característica típicamente étnica.
14 Desde el más general de Manuel Carrera Stampa, Los gremios mexicanos. La organización gremial en Nueva España: 1521-1861, México, 1954, hasta la más específica y reciente de Rogelio Ruiz Gomar, "El gremio y la cofradía de pintores en la Nueva España", en Elisa Vargaslugo y Gustavo Curiel, Juan Correa. Su vida y su obra, t. III: Cuerpo de Documentos, México, UNAM, 1991, pp. 203-222.
15 Éste seguramente es el pintor Cristóbal Caballero, a quien veremos años después junto a Sebastián López Dávalos luchando por lo que Rogelio Ruiz Gomar supone la reorganización del gremio y las nuevas ordenanzas, debido a la existencia de un documento de 167 4 en el que se les otorgan poderes para representar a los demás "maestros del dicho arte". Véase Rogelio Ruiz Gomar, op. cit., p. 209.